Divorcio en Colombia: requisitos, tipos y pasos
Tomar la decisión de divorciarse ya es suficientemente difícil como para, además, enfrentarse a un trámite que no se entiende. La buena noticia: en Colombia el divorcio puede ser mucho más rápido y sencillo de lo que la gente cree cuando hay acuerdo. Aquí le explicamos los dos caminos posibles.
Camino 1: divorcio de mutuo acuerdo
Si ambos cónyuges están de acuerdo en divorciarse y en las condiciones (hijos, alimentos, bienes), el divorcio se tramita ante notaría, a través de abogado, y puede resolverse en cuestión de semanas.
Se necesita básicamente:
- Registros civiles de matrimonio y de nacimiento de los hijos (si los hay).
- Un acuerdo que defina: custodia y cuidado de los hijos, visitas, cuota alimentaria y qué pasa con la sociedad conyugal (los bienes).
- Si hay hijos menores, el acuerdo pasa primero por revisión del Defensor de Familia, que verifica que proteja sus derechos.
Camino 2: divorcio contencioso
Si no hay acuerdo, el divorcio se tramita ante un juez de familia, invocando alguna de las causales que establece la ley: infidelidad, incumplimiento grave de los deberes de cónyuge o de padre/madre, maltrato, separación de hecho por más de dos años, entre otras.
Este camino toma más tiempo (meses, a veces más de un año según el juzgado y la complejidad), requiere pruebas de la causal invocada, y el juez decide sobre custodia, alimentos y bienes si las partes no logran acuerdos en el proceso.
¿Qué pasa con los bienes?
Con el matrimonio nace la sociedad conyugal: por regla general, lo adquirido durante el matrimonio pertenece a ambos, sin importar a nombre de quién esté. Al divorciarse, esa sociedad se liquida y se reparte. La liquidación puede hacerse en el mismo trámite o después, y es donde más conviene tener asesoría, porque los errores aquí cuestan patrimonio.
¿Y si no estamos casados pero convivimos?
Las uniones maritales de hecho generan una sociedad patrimonial con efectos similares (tras dos años de convivencia). Su disolución también requiere trámite y también merece asesoría: es uno de los temas donde más derechos se pierden por desconocimiento.
Consejos prácticos antes de empezar
- Reúna los documentos: registros civiles, escrituras, extractos, todo lo que describa el patrimonio común.
- Si hay posibilidad de acuerdo, explórela primero: es más rápido, más económico y menos desgastante, sobre todo cuando hay hijos.
- No firme acuerdos de bienes o alimentos sin que un abogado los revise: son vinculantes.
Este artículo es información general y no constituye asesoría legal para un caso particular.
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