La relación laboral es desigual por naturaleza, y por eso la ley protege al trabajador. El problema es que muchos derechos se pierden simplemente porque nadie los reclamó a tiempo o porque se firmó algo sin leerlo.
Atendemos reclamaciones laborales de trabajadores y también asesoramos empleadores en el cumplimiento de sus obligaciones:
Cálculo y reclamación de la indemnización que corresponde según el tipo de contrato y la antigüedad del trabajador.
Revisión de cesantías, intereses a las cesantías, prima de servicios, vacaciones y demás acreencias no pagadas o pagadas de forma incompleta.
Casos en los que se contrató por prestación de servicios u otra figura, pero en la práctica existía subordinación, horario y salario: se busca el reconocimiento de la relación laboral.
Protección de trabajadores en condición de salud, mujeres embarazadas o en licencia de maternidad, y personas con fuero sindical.
Trámite conforme a la Ley 1010 de 2006 ante el comité de convivencia y, cuando corresponde, ante la autoridad competente.
Reclamaciones frente a la ARL, calificación de pérdida de capacidad laboral y controversias sobre el origen.
Reclamación de aportes no pagados, corrección de historia laboral y trámites o controversias pensionales.
En la consulta usted expone su caso y aportamos las preguntas que hacen falta para entenderlo completo.
Analizamos las pruebas disponibles, los términos que corren y qué tan sólida es su posición.
Con claridad y sin tecnicismos innecesarios, incluidos los riesgos y lo que cuesta cada camino.
Si decide avanzar, asumimos la representación y le mantenemos al día de cada actuación relevante.
En materia laboral los derechos generalmente prescriben en tres años contados desde que la obligación se hizo exigible. Pero hay protecciones, como la tutela por estabilidad reforzada, que exigen actuar en semanas, no en años.
No necesariamente. Firmar el recibido de una liquidación no legaliza automáticamente un pago incompleto: los derechos laborales ciertos e indiscutibles son irrenunciables. Vale la pena revisar las cuentas.
Si hay subordinación, cumplimiento de horario y una remuneración periódica, puede existir un contrato realidad. Se puede pedir judicialmente el reconocimiento de la relación laboral y el pago de las prestaciones que nunca se pagaron.
La consulta jurídica tiene un valor que se le informa antes de agendar: virtual $140.000, presencial $180.000 o a domicilio $250.000 COP. En ella recibe un análisis real de su situación y una ruta concreta de acción.
La información de esta página es de carácter general y no constituye asesoría legal para un caso particular.